PROYECTO DE LEY
PROGRAMA PARA LA PREVENCIÓN DEL TABAQUISMO
EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Artículo 1º.- Créase el "Programa Permanente para la Prevención del Tabaquismo" en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2º.- El Programa tendrá como objetivo reducir, prevenir y controlar el uso del tabaco y proteger la salud de los no fumadores, facilitando el cese del tabaquismo de los fumadores activos.
Artículo 3º.- El Programa tendrá como principales funciones las siguientes:
a) Lograr el efectivo cumplimiento de la Ordenanza Nº 47.667 (B.M. Nº 19.816, 01/07/1994).
b) Evitar el inicio del tabaquismo en niños y adolescentes.
c) Lograr el cese del tabaquismo en los fumadores activos.
d) Lograr que la población no fume en lugares cerrados - públicos y privados -, protegiendo la salud de los fumadores pasivos.
e) Informar a quienes no fuman sobre los riesgos del humo ambiental y sobre los derechos que le corresponden.
f) Reducir las barreras sociales que obstaculizan el dejar de fumar.
g) Garantizar el acceso gratuito de los fumadores a los tratamientos con evidencia científica destinados al cese del tabaquismo.
Artículo 4º.- La Secretaría de Salud de la Ciudad de Buenos Aires será la autoridad de aplicación del presente Programa, a cargo de la ejecución del Programa Anual de Actividades planificado por el Comité Interdisciplinario.
Artículo 5º.- La autoridad de aplicación convocará a la Secretaría de Educación de la Ciudad de Buenos Aires para intervenir en la ejecución del presente Programa.
Artículo 6º.- Créase el Comité Interdisciplinario, a cargo del diseño del programa anual de actividades y del control de su ejecución.
Artículo 7º.- El Comité Interdisciplinario estará integrado por:
a) Un (1) miembro propuesto por cada Sociedad Médica que desarrolle actividades relacionadas con la prevención del tabaquismo.
b) Un (1) miembro propuesto por cada Organización No Gubernamental con actividades y objetivos afines a la prevención del tabaquismo.
c) Un (1) representante de la Dirección Salud y Orientación Educativa de la Secretaría de Educación de la Ciudad de Buenos Aires.
d) Un (1) representante de la Dirección General de Programas Especiales de la Secretaría de Salud de la Ciudad de Buenos Aires.
e) Dos (2) Diputados en representación de la Comisión de Salud de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires.
f) Dos (2) Diputados en representación de la Comisión de Educación de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires.
En todos los casos, las reuniones serán públicas y abiertas a la participación de los ciudadanos interesados.
Los miembros del Comité desempeñan su tarea específica "ad honorem", no teniendo en consecuencia derecho a retribución de ninguna naturaleza por dicha función.
Artículo 8º.- La Secretaría de Salud de la Ciudad de Buenos Aires, dispondrá de un plazo de treinta (30) días a partir de la promulgación de la presente, para convocar a la reunión constitutiva del Comité. Una vez constituido, éste dará su propio reglamento interno y forma de funcionamiento.
Artículo 9º.- El Comité presentará a la autoridad de aplicación el Programa Anual de Actividades, dentro de los dos (2) primeros meses de cada año, en el que incluirá la planificación de actividades y metas, las que serán fundamentadas en los resultados alcanzados en la implementación del Programa correspondiente al ejercicio anual anterior.
La medición de los resultados alcanzados será realizada mediante la implementación de herramientas técnicas apropiadas.
Artículo 10º.- Para el cumplimiento de su cometido, los integrantes del Comité podrán requerir la información necesaria a la administración pública centralizada, desconcentrada y descentralizada de la Ciudad de Buenos Aires.
La autoridad de aplicación deberá prestar colaboración permanente con el Comité.
Artículo 11º.- El Programa Anual de Actividades especificará las siguientes acciones:
1. Realización de acciones permanentes de educación a la comunidad, tales como campañas mensuales para el control del tabaco en colegios primarios y secundarios, a fin de alcanzar los siguientes objetivos:
a) Socializar el conocimiento científico y difundir información sobre los daños provocados por el tabaco, los beneficios derivados de no fumar.
b) Advertir sobre las estrategias de la industria que promueven el hábito de fumar, como la publicidad desleal, engañosa e ilícita y la legislación para el control del tabaco en la Ciudad de Buenos Aires.
c) Movilizar el apoyo de toda la sociedad, estimulando cambios de opinión y de actitud frente al tabaco.
d) Promover el trabajo grupal de fumadores y no fumadores tendientes a alcanzar los objetivos del Programa.
2. Difusión de información en los medios de comunicación masiva y realización de acciones comunitarias en lugares de trabajo, escuelas y Centros de Salud dependiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
3. Realización de acciones de promoción y apoyo al no inicio y cese del tabaquismo, tales como:
a) Difusión de información en los medios y en eventos relacionados con la salud, sobre métodos eficaces para dejar de fumar y realización de campañas.
b) Capacitación a los profesionales de la salud y de la educación en intervenciones de apoyo para el no inicio, cese y tratamiento del tabaquismo.
c) Implantación de una línea telefónica directa de orientación sobre los lugares de atención y prevención del tabaquismo (Disque "Sin humo").
d) Inclusión de métodos eficaces para dejar de fumar, en el primer nivel de atención de salud dentro de los servicios prestados por el sistema de salud de la Ciudad de Buenos Aires.
f) Mapeo y difusión de información para que los ciudadanos puedan encontrar apoyo para dejar de fumar dentro del sistema de salud de la Ciudad de Buenos Aires.
4. Capacitación intensiva a profesionales del sistema de salud de la Ciudad de Buenos Aires.
5. Charlas y talleres en establecimientos educativos dependientes de la Secretaria de Educación de la Ciudad de Buenos Aires.
6. Concientización de los fumadores pasivos sobre el derecho a respirar en un ambiente libre de humo y las posibilidades de adquirir diversas enfermedades por el contacto frecuente con el humo de cigarrillos.
Artículo 12º.- El Comité Interdisciplinario elaborará un informe semestral del estado de avance del Programa para la Prevención del Tabaquismo (PPT). Dicho informe deberá ser remitido, a los efectos de su estudio y análisis, a la autoridad de aplicación y a la Comisión de Salud de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires.
En caso de no alcanzarse los objetivos fijados para el ejercicio, el Comité Interdisciplinario evaluará la aplicación de acciones correctivas al Programa.
Artículo 13º.- La autoridad de aplicación deberá publicar los informes producidos por el Comité y el Programa Anual de Actividades en la página de Internet de la Secretaría de Salud durante un plazo no inferior a noventa (90) días y durante un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 14º.- El Poder Ejecutivo implementará los mecanismos y condiciones requeridos a los fines de propender a la prohibición de publicidad del tabaco en todas sus formas, pudiendo celebrar convenios entre él y organismos públicos competentes locales, nacionales y de otras jurisdicciones.
Artículo 15º.- Los gastos que demande la ejecución de la presente ley serán imputados a la partida presupuestaria correspondiente.
Artículo 16º.- El Poder Ejecutivo debe reglamentar la presente ley dentro de los sesenta (60) días a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
Cláusula transitoria primera.- Una vez constituida, el Comité dispondrá de un plazo de 60 (sesenta) días para presentar el Programa Anual de Actividades.
Cláusula transitoria segunda.- A partir del año siguiente a la promulgación de la presente Ley, el Poder Ejecutivo dispondrá anualmente de las partidas presupuestarias correspondientes para la ejecución del Programa.
Artículo 17º.- Comuníquese, etc.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
La epidemiología es la ciencia que investiga las causas y la naturaleza de las epidemias. En cuanto a la naturaleza de la epidemia del tabaquismo, se puede decir que reúne las características de una pandemia, ya que es una enfermedad que afecta a muchos individuos de muchos pueblos, pues uno de cada tres adultos en el mundo fuma, es decir 1100 millones de personas. Alrededor del 80% viven en los países de ingreso medio y bajo. Se prevé que por el crecimiento de la población adulta y por el aumento del consumo, la cantidad de fumadores en el año 2025 sea de 1.600 millones.
La reducción en el consumo de tabaco es la medida de salud pública más importante que pueden adoptar los países, con repercusiones positivas tanto para la salud como para la economía.
La directora general de la OMS, Dra. GRO HARLEM BRUNDTLAND, en el mensaje del Día Mundial sin Tabaco, de fecha 31 de mayo de 2000, dijo: “El tabaco es una enfermedad que se transmite a través de la publicidad y las campañas promocionales a las que la industria del tabaco consagra miles de millones de dólares”… “Todos los días 100.000 niños del mundo comienzan a fumar, 11.000 hombres y mujeres mueren por una enfermedad relacionada con el tabaco. Nos enfrentamos al riesgo de que en el año 2030, el número de muertes alcanzará los 10 millones al año, acaeciendo el 70% de ellas en países en vías de desarrollo”.
Indicadores epidemiológicos en el mundo
En el mundo, uno de cada tres adultos fuma, es decir 1.100 millones de personas, alrededor del 80% viven en los países de ingreso medio y bajo. Se prevé que por el crecimiento de la población adulta y por el aumento del consumo, la cantidad de fumadores en el año 2025 sea de 1.600 millones.
Un fenómeno muy interesante que se está produciendo es el aumento del consumo de tabaco en los países de ingreso bajo y medio (OMS. Tabaco o salud, Ginebra, Suiza, 1997).
En estos países el consumo per cápita ha experimentado un crecimiento constante desde 1970 a 1990. En este sentido hacia la mitad del siglo XX fumaban más del 55% de los hombres estadounidenses, y en 1995 fumaban el 28%. En total, el consumo per cápita de la población global de los países de ingreso alto descendió, si bien en los años noventa aumenta el consumo de tabaco en los adolescentes y las mujeres. Resumiendo, la epidemia del tabaquismo se está extendiendo desde su foco inicial, los hombres de los países de ingreso alto, a las mujeres de esos mismos países y a los hombres de los países con ingresos más bajos.
Morbimortalidad por consumo de tabaco
El consumo de tabaco ocasiona un grave problema de Salud Pública, produciendo 3 millones de muertes en el mundo, 1.2 millones en la Región Europea de la OMS, el 14% de todos los fallecimientos, y 55000 muertes en España. Y sin embargo, es la primera causa prevenible de morbilidad y mortalidad prematura en los países desarrollados.
Se puede afirmar que de cada cuatro fumadores habituales y que empezaron a fumar en la juventud, dos de ellos morirán como consecuencia del consumo del tabaco, y además, uno de ellos de forma prematura.
Existen pruebas acumuladas10, durante los últimos 50 años, de la asociación entre consumo de tabaco y exceso de riesgo de mortalidad por numerosas causas: cáncer (pulmón, boca, esófago, faringe, laringe, páncreas, cérvix, riñón, vejiga), enfermedades cardiovasculares (cardiopatía isquémica, ictus), procesos respiratorios crónicos (enfermedad pulmonar obstructiva crónica), enfermedad neonatal.
En Argentina se dispone de varias investigaciones sobre la prevalencia de tabaquismo, pero limitadas a pequeñas muestras o a una ciudad, sin información sobre la metodología del muestreo, dificultando la generalización a nivel nacional.
En 1981 encuesta en Buenos Aires (Alvarez-Herrera) en adultos de 15 a 74 años, con proporción de fumadores entre los hombres de 39,1 % y de 27,2 % entre las mujeres.
En 1982 encuesta en Zárate -Buenos Aires - muestra 46,8 % de hombres y 22,9 % de mujeres fumadoras.
En 1988, la encuesta Gallup (Sociedad Americana del Cáncer) dirigida a adultos de Buenos Aires mayores de 18 años, arrojó una prevalencia de fumadores de 45.5% entre los hombres y 30.5% entre las mujeres.
En 1991 encuesta en Buenos Aires (Catterberg) con proporción de 40 % de hombres fumadores y 28 % de mujeres.
Situación de la epidemia de tabaquismo en Argentina
• 40.000 Argentinos mueren cada año a causa del tabaco
• Argentina esta a la cabeza de consumo en América Latina (40%)
• La situación en los adolescentes es alarmante (1/3 son fumadores)
• Las chicas fuman mas que los chicos (36% – 31%)
Prevalencia de tabaquismo en Argentina
Población adolescente escolarizada
GYTS 2000 SEDRONAR2001 MORELLO2001 M.S./VIGIA2002 GYTS2003 GYTS2003
Global 30.2 26 30.5 33 27.5 32
Mujeres 31.8 27.1 32 36 32.5 34
Varones 27.8 25 29 31 22.9 29
Edad 13-15 12-18 1ro y 4to año 12-18 13-15 13-15
Fuente: Revisión sistemática Prevalencia de tabaco en Argentina
Schoj, Tambusst, Perel, Zabert, Ortiz. Programa VIGIA, Min. Salud
Convenio Marco para la Lucha Antitabáquica (CMLA /FCTC)
No existe ningún país del mundo que esté fuera del alcance de la epidemia, por lo que el problema es verdaderamente internacional y requiere una respuesta internacional. Es por tal motivo, que la Organización Mundial de la Salud está implementando un Convenio Marco para la Lucha Antitabáquica o Framework Convention on Tobacco Control, el cual es un tratado internacional cuyos contenidos están siendo negociados por las naciones.
El Convenio Marco para la Lucha Antitabáquica es un tratado mundial actualmente negociado por los gobiernos, que tratará problemas transnacionales y transfronterizos, tales como: la publicidad global, el contrabando y el comercio. El CMLA/FCTC sirve como un importante catalizador para fortalecer la legislación antitabáquica nacional y los programas de control del tabaquismo.
Para esto se ha establecido la Alianza del Convenio Marco ( ACM ), que es una coalición compuesta por más de 90 organizaciones y redes provenientes de más de 36 países, que actúa como un paraguas para las redes y las organizaciones individuales que trabajan en el Convenio. La Alianza facilita la comunicación entre las ONG que están comprometidas con el proceso y llega a otras ONG que aún no lo están (especialmente aquéllas de los países en vías de desarrollo) las que podrían beneficiarse y contribuir a crear un Convenio Marco enérgico.
Intervención Argentina en el Convenio Marco
Argentina debe intervenir y apoyar el Convenio Marco porque hasta ahora su intervención ha sido limitada debido al compromiso político y económico con las provincias productoras de tabaco y con la industria tabacalera. La producción de tabaco está subvencionada, un privilegio único que ha sido imposible de eliminar y que destina millones de dólares a impulsar el tabaquismo, mientras la salud sufre recortes, las mutuales y obras sociales disminuyen sus prestaciones o entran en quiebra y en el sistema de salud estatal faltan los insumos necesarios y se despide al personal. La producción tabacalera es una de las pocas actividades argentinas que recibe un subsidio, a través del Fondo Especial del Tabaco (FET), creado en agosto 1972.
El Fondo Especial del Tabaco es un subsidio de 180 millones de pesos anuales que provienen del 7% del precio de venta de cada paquete de cigarrillos. El 80% de los recursos del FET se distribuye en forma directa entre los productores argentinos de tabaco, según la cantidad de kilos de tabaco que hayan vendido en la última campaña. El 20% restante pasa a los gobiernos de provincias tabacaleras de Salta, Tucumán, Jujuy, Misiones, Corrientes, Catamarca y Chaco.
En Argentina 50.000 personas mueren por año a consecuencias del cigarrillo, que pueden considerarse muertes por subsidio, de tal forma que es como si el gobierno pagara 3.500 dólares al año por cada muerte que se consigue con el tabaco, al otorgar el Fondo Especial del Tabaco.
La OMS considera que aunque algunos Estados Miembros se han preparado activamente para las negociaciones del CMLAT, muchos no han participado en ellas o no han elaborado su posición nacional al respecto, por lo cual solicita a todos los países miembros la formación de un consenso nacional mediante un proceso multisectorial que incluya diversos ministerios del gobierno y organizaciones no gubernamentales con experiencia y competencia en el control y la vigilancia del consumo de tabaco. Los Estados Miembros deben considerar dedicar suficientes recursos para la representación nacional gubernamental y no gubernamental en las reuniones de negociación del CMLAT.
La Organización Panamericana de la Salud en la 128ª sesión de Junio 2001 emitió la Resolución CE128.R9, donde insta a los Estados Miembros a que participen activamente en el desarrollo del Convenio Marco para la Lucha Antitabáquica mediante la participación en las sesiones de negociación de este, adoptando posiciones coherentes con el CMLAT.
La Alianza para el Convenio Marco, integrada por más de 180 ONG consagradas a la defensa de la salud destacó en Febrero 2003 que la posición argentina exhibió “intrínsecamente una gran contradicción”. Por un lado, los delegados reconocieron la magnitud y la severidad que asume el hábito de fumar en la Argentina, donde mueren 45.000 personas por año a causa del tabaco y fuma el 40 por ciento de la población. Pero, por el otro, la delegación no apoyó las principales medidas que se propusieron para luchar contra el tabaquismo, aduciendo el beneficio económico que el comercio del tabaco genera.
Es indudable que los intereses económicos que mueve la industria del tabaco en Argentina son lo suficientemente importantes como para incidir en las definiciones y decisiones gubernamentales en un sentido determinado. Pero de ninguna manera es aceptable que se conviertan en un obstáculo para la aprobación de un convenio internacional destinado a salvaguardar la salud pública, valor supremo que se han comprometido a defender todos los países signatarios del convenio (La Nación 22/02/03).
En la Nación está planteado y subejecutado el programa Vigía. Es urgente la sanción de una ley para un programa en la Ciudad de Buenos Aires.
Por lo expuesto, solicitamos la aprobación del presente Proyecto de Ley.
BIBLIOGRAFÍA
1. Encuesta Nacional de Salud de España de 1997. Ministerio de Sanidad y Consumo. Madrid. 1999.
2. J. Muñiz. Consumo del Tabaco en la Población Española. Libro Blanco sobre el Tabaquismo en España. Editorial Glosa. Barcelona. 1998
3. Indicadores de Salud. Cuarta evaluación en España del Programa regional Europeo Salud para todos. Ministerio de Sanidad y Consumo. Madrid. 1999.
4. Tercer Plan de Actuación para una Europa sin Tabaco. 1997-2001. Ministerio de Sanidad y Consumo. Organización Mundial de la Salud. Oficina Regional para Europa. Ginebra. 1999.
5. La Epidemia del Tabaquismo. Los Gobiernos y los aspectos económicos del control del tabaco. Organización Panamericana de la Salud. Washington DC 20037, EUA 2000
6. Tobacco or Health: A Global Status Report. World Health Organization. Geneva 1997.
7. Jornadas Internacionales Tabaco o Salud del Centro de la República - Junio del 2000 -Córdoba, Argentina.
8. Estrategia para el control del tabaco Ministerio de salud de la Nación Lic. Mario Virgolini Gerente de promoción de la salud, Programa Vigia Ministerio de Salud, Argentina.
Este es un espacio creado para hablar sobre temas de prevención de la salud,para los que creemos que otra salud es posible. Aquí encontrará temas de salud desde la prevención,políticas de salud y derechos humanos,luchas relacionadas con esos temas y el arte como resistencia apoyando esas luchas